Para verificar que un perro está registrado en este registro, simplemente escriba el número de registro del perro y haga clic en el botón. La información privada sobre el propietario del perro nunca se muestra ni es requerida por ninguna ley. Las fotos de los perros sólo se muestran si el propietario subió una durante el registro.

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La ley federal prohíbe la discriminación de la raza, el tamaño, el nivel de entrenamiento o la edad de cualquier perro de apoyo emocional o de servicio.

Los perros de apoyo emocional no tienen que ser entrenados para realizar ninguna tarea específica. Los perros de servicio pueden ser entrenados por sus dueños o de cualquier otra manera que el dueño desee para ayudarles con su discapacidad.

Las personas con animales de servicio deben tener acceso a todos los alojamientos públicos. Este derecho tiene prioridad sobre todas las leyes estatales y locales que podrían prohibir los animales en esos lugares como tiendas, centros comerciales, restaurantes, hoteles/restaurantes, aerolíneas, cruceros, taxis y autobuses, por nombrar algunos.

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades, también conocida como la ADA, establece claramente que la prueba de «certificación» no puede ser requerida por cualquier instalación o negocio para el acceso legal si usted cumple con los requisitos para una persona con una discapacidad legal, y su perro cumple con los requisitos de un animal de servicio. Muchos propietarios de negocios y establecimientos desconocen la ley, las placas de identificación tendrán toda la información necesaria en caso de que requieran más explicaciones sobre sus derechos cuando esté acompañado por su perro de servicio. Quejas con respecto a los propietarios de negocios pueden ser presentadas aquí

Muchos propietarios y dueños de negocios solicitan ver el papeleo de registro u otra identificación Identificación & el papeleo adecuado debe evitar los conflictos del propietario sobre la validez de su animal de servicio. Las quejas relativas a los propietarios se pueden presentar aquí

Viajar con su perro de servicio El Departamento de Transporte, también conocido como D.O.T., Guía de Animales de Servicio para las aerolíneas establece lo siguiente: Los transportistas aceptarán como prueba de que un animal es un animal de servicio identificadores tales como tarjetas de identificación, otra documentación escrita, la presencia de arneses, etiquetas o las garantías verbales creíbles de un individuo calificado con una discapacidad que utiliza el animal.

Por favor, tenga en cuenta que el Departamento de Transporte enumera las tarjetas de identificación en la parte superior de su lista y sólo la garantía verbal está en la parte inferior. Muchos propietarios de perros de servicio han informado de que las compañías aéreas han exigido algún tipo de identificación a pesar de que por ley no se les permite hacerlo. Por favor, comprenda que NO está obligado por ley a llevar una de estas tarjetas, sin embargo, deberían acelerar drásticamente su proceso de pasar por la seguridad del aeropuerto, etc. sin discusiones ni enfrentamientos. Las quejas relativas a las aerolíneas se pueden presentar aquí

Razones más comunes para registrar a los perros de servicio, los perros de apoyo emocional e incluso los perros de terapia pueden beneficiar a las personas con discapacidades asociadas con muchos diagnósticos, incluyendo: Artritis Ataxia (falta de equilibrio) Autismo Ceguera o problemas de visión Sordera o problemas de audición Diabetes Enfermedades cardio/pulmonares Parálisis cerebral Problemas de movilidad física Esclerosis múltiple (EM)) Discapacidades psiquiátricas Trastornos convulsivos (epilepsia) Alerta por alergias graves Espina bífida Traumatismo medular/cabeza Accidente cerebrovascular Ansiedad Depresión Trastorno bipolar Trastorno del estado de ánimo Miedo/fobias Trastorno de estrés postraumático Pensamientos/tendencias suicidas Trastorno de adaptación Trastorno de ansiedad generalizada Trastorno de ansiedad social Trastorno de pánico Ansiedad por separación Trastornos disociativos Trastornos facticios Trastornos de la alimentación Trastornos del control de los impulsosTrastornos de control de los impulsos Trastornos mentales debidos a una afección médica general Trastornos neurocognitivos Trastornos del estado de ánimo Trastornos del neurodesarrollo Trastornos de la personalidad Trastornos psicóticos Trastornos de la identidad sexual y de género Trastornos del sueño Trastornos somatomorfos Trastornos relacionados con sustancias Esta es sólo una lista parcial de las discapacidades que pueden acogerse a la ADA. Para más información haga clic aquí

  • Lugares de alojamiento público «significa:
  • Pensiones, hoteles, moteles u otros lugares de alojamiento, excepto los establecimientos ubicados en edificios que contengan cinco o menos habitaciones para alquilar o alquilarse, y que estén realmente ocupados por el propietario como residencia del mismo;
  • Un restaurante, bar, cafetería, comedor, mostrador de comida, fuente de soda, casino u otros establecimientos que sirvan comida o bebida, incluyendo cualquier instalación de este tipo ubicada en las instalaciones de cualquier establecimiento minorista;
  • Una estación de gasolina, o garaje;
  • Un cine, teatro, sala de billar o piscina, pista de patinaje, piscina, sala de conciertos, arena deportiva, estadio, parque de atracciones y recreación, feria, u otro lugar de exhibición o entretenimiento;
  • Un auditorio, centro de convenciones, sala de conferencias u otro lugar de reunión pública;
  • Una panadería, tienda de comestibles, tienda de ropa, ferretería, centro comercial u otro establecimiento de venta o alquiler;
  • Una lavandería, una tintorería, un banco, una barbería, un salón de belleza, un servicio de viajes, un servicio de reparación de calzado, una funeraria, el despacho de un contable o un abogado, una farmacia, una oficina de seguros, un despacho profesional de un proveedor de atención sanitaria, una clínica, un dispensario, un hospital u otro establecimiento de servicios;
  • Una terminal, un depósito u otra estación utilizada para el transporte público especificado,
  • Un museo, una biblioteca, una galería u otro lugar de exposición o colección pública;
  • Un parque, zoológico, parque de atracciones u otro lugar de recreo;
  • Una guardería o escuela privada de enseñanza primaria, secundaria, universitaria o de posgrado u otro lugar de enseñanza;
  • Una guardería, un centro para personas mayores, un albergue para personas sin hogar, un banco de alimentos, una agencia de adopción u otro establecimiento de servicios sociales;
  • Un gimnasio, un balneario, una bolera, un campo de golf u otro lugar de ejercicio o recreo;
  • Cualquier otro establecimiento o lugar al que se invite al público.
  • Cualquier establecimiento que contenga físicamente o esté contenido dentro de cualquiera de los establecimientos descritos en los párrafos
  • i-xiv inclusive, que se presente como si sirviera a los clientes del establecimiento descrito.

Si usted es propietario de un negocio, arrendador o cualquier persona que no entienda los derechos de los discapacitados.

El Departamento de Justicia opera una línea de información gratuita sobre la ADA para proporcionar información y materiales al público sobre los requisitos de la ADA.

Para obtener respuestas a preguntas técnicas, obtener información general sobre la ADA, solicitar materiales gratuitos sobre la ADA o preguntar sobre la presentación de una queja, llame a:

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