Hay dos pasos para solicitar una tarjeta verde por uno mismo, sin depender de un cónyuge o padre ciudadano o residente de EE.UU. abusivo, como se permite en la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA):

  • presentar el Formulario I-360 y las pruebas de apoyo con los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS), y luego después de que se apruebe,
  • presentar una solicitud de tarjeta verde de EE.Si usted es el cónyuge de un ciudadano estadounidense, puede combinar estos dos pasos en uno y presentar el I-360 y el I-485 juntos, o «simultáneamente», sin esperar a que el USCIS apruebe primero el I-360.

    Si su cónyuge estadounidense es un residente permanente legal (un titular de la tarjeta verde), entonces usted no es un familiar inmediato, y su única opción es presentar primero el Formulario I-360, esperar la aprobación del USCIS, esperar a que su Fecha de Prioridad se actualice, y luego presentar la solicitud I-485.

    Este artículo le guiará a través del primer paso del proceso de solicitud y le dirigirá a los recursos para los siguientes pasos.

    Si tiene alguna pregunta sobre su elegibilidad para la VAWA, vea Green Card Under the Violence Against Women Act (VAWA): Quién es elegible.

    NOTA: Cuando busque ayuda como víctima de abuso, recuerde considerar cuán privado es el uso de su computadora, Internet y teléfono. Considere si hay algo que pueda y deba hacer para evitar que otra persona se entere de que está investigando o buscando ayuda. Algunas víctimas, por ejemplo, pueden utilizar el mismo ordenador o dispositivo que el agresor, o pueden tener un plan telefónico que permita al agresor ver las llamadas que hacen y reciben. Otros tipos de tecnología, como las cámaras de seguridad del hogar y el GPS en los teléfonos y automóviles, también pueden permitir la vigilancia del abusador.

    Cómo llenar el formulario I-360 para la auto petición de VAWA

    Comencemos con la tarea de preparar el formulario I-360 del USCIS. Las instrucciones a continuación se refieren a la edición del formulario publicada el 06/09/20.

    El formulario I-360 se utiliza para varios tipos de solicitudes, lo que significa que no tendrá que rellenar todo el formulario. Después de rellenar la información biográfica preliminar y otros datos, omita las partes que dicen: «Parte 6. Rellenar sólo si se solicita para un Amerasian»; «Parte 7. Complete sólo si se presenta como viudo/a», «Parte 8. Complete sólo si presenta una solicitud para un inmigrante especial dependiente del Tribunal de Menores»; y «Parte 9. Complete sólo si presenta una Petición Especial de Inmigrante Trabajador Religioso.»

    Asegúrese de llenar las Partes 10 y 11, sin embargo, y de firmar la solicitud en las Partes 11 y 12 (en las secciones de «Solicitante» y «Firmante Autorizado.»

    Si alguien le ayudó a traducir o llenar este formulario, debe llenar la Parte 13 o 14.

    Use la Parte 15 para llenar todo lo que no cupo en las partes anteriores del formulario.

    La mayor parte del Formulario I-360 es bastante sencilla. Sin embargo, hay algunas cosas a tener en cuenta. En primer lugar, el Formulario I-360 le permite utilizar la dirección de otra persona en la Parte 1 en lugar de la suya (Pregunta 7, una «dirección postal alternativa y/o segura»), en caso de que todavía esté viviendo con una persona abusiva que podría enojarse y castigarlo por presentar este formulario. Esta es la dirección a la que se enviarán todos los avisos del USCIS, así que asegúrese de que puede recibir el correo en esta dirección en el futuro.

    Los cónyuges e hijos autopeticionarios deben marcar la casilla «I» o «J» en la Parte 2.

    La Parte 3 pide información sobre usted. Introduzca sólo un número de la Seguridad Social válido, si lo tiene. Es posible que tampoco tenga un «número A»; éste sólo se da a las personas que han presentado solicitudes de inmigración previas o han estado en proceso de deportación. Si entró en EE.UU. con un visado, su I-94 debería estar disponible en el sitio web de la Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP).

    Asegúrese de enumerar todos los hijos en la Parte 5: los suyos y, si está presentando la solicitud como cónyuge de un maltratador, también los del maltratador (tanto si son suyos como si no).

    En la Parte 4 se le pide que indique si desea que la entrevista se realice en un consulado estadounidense fuera de Estados Unidos. Esto es apropiado si usted mismo está viviendo en el extranjero. Sin embargo, su primera opción si está en los Estados Unidos ahora sería ajustar su estatus, es decir, presentar la documentación y asistir a su entrevista en una oficina del USCIS. Aunque normalmente no todo el mundo es elegible para ajustar el estatus, debido a varias prohibiciones como la de entrada ilegal, estas prohibiciones se levantan para los auto-peticionarios de VAWA. (Véase el Manual de Políticas del USCIS en el Capítulo 8 – Inaplicabilidad de las Barras de Ajuste).

    La parte 10 pide información sobre el abusador y sobre su relación con el abusador.

    Qué incluir con la auto-solicitud de VAWA en el formulario I-360 de USCIS

    Además del formulario, tendrá que incluir pruebas de que cumple con todos los requisitos de VAWA. Esta evidencia debe incluir elementos como:

    • una declaración escrita que describa su relación, el abuso que sufrió, su buen carácter moral y cualquier otra cosa relevante para probar su elegibilidad
    • otras pruebas del abuso, como registros policiales u hospitalarios u órdenes de protección emitidas por la corte
    • registros de autorización policial que muestren sus antecedentes penales, o la falta de ellos, y otras pruebas de que es una persona de «buen carácter moral» -puede obtener los certificados del departamento de policía de cualquier ciudad en la que haya vivido durante los últimos tres años durante más de seis meses
    • prueba de que el maltratador es un U.S.
    • prueba de que usted es el cónyuge, hijo o padre del maltratador (certificado de matrimonio o de nacimiento)
    • prueba de que ha vivido con el maltratador, y
    • prueba de que vive actualmente en los Estados Unidos.

    También es útil incluir una carta de presentación en la parte superior de la solicitud en la que se describa cómo cumple cada requisito y las pruebas que ha presentado para demostrarlo.

    No se requiere ninguna tasa de presentación del USCIS para los cónyuges, padres o hijos maltratados que solicitan por sí mismos.

    Sometimiento del formulario I-360 al USCIS

    La página del I-360 en el sitio web del USCIS contiene las instrucciones completas de presentación, pero hay una cosa importante que debe averiguar antes de enviarlo. ¿Es usted pariente inmediato de su agresor (cónyuge, padre o hijo menor de edad y soltero de un ciudadano estadounidense), o tiene una fecha de prioridad actual (basada en un I-130 presentado anteriormente)?

    Si cualquiera de estos casos es cierto, puede ahorrar mucho tiempo presentando su I-360 al mismo tiempo que su solicitud de tarjeta de residencia (descrita a continuación). De este modo, no tendrá que esperar a que el USCIS apruebe el I-360 antes de seguir adelante con su solicitud de tarjeta de residencia.

    De lo contrario, por ejemplo, si usted es el cónyuge o el hijo de un residente permanente de EE.UU. y él o ella nunca ha solicitado la tarjeta de residencia. permanente y él o ella nunca ha presentado una petición I-130 en su nombre, tendrá que presentar su formulario I-360 al USCIS, esperar su aprobación y luego presentar su solicitud de tarjeta verde (ajuste de estatus).

    ¿Qué sucede después de presentar la autopetición I-360

    Después de que el USCIS reciba su petición I-360, enviará un aviso de recepción a la dirección que usted ha proporcionado en el formulario. El USCIS puede entonces revisar la autopetición para ver si puede ser aprobada si todo lo que usted declaró dentro es cierto. Si el USCIS decide que su autopetición puede ser aprobada si es cierta, le enviará una carta de «Aprobación Prima Facie». Esto no significa que se le conceda nada todavía. Sin embargo, significa que usted puede calificar para algunos tipos de asistencia pública. Después de enviarle esta carta de Aprobación Prima Facie, el USCIS se tomará más tiempo para examinar detenidamente su autopetición.

    Si el USCIS necesita más pruebas para determinar si debe aprobar su I-360, le enviará una carta pidiéndoselas. Usted tendrá 60 días para entregar a USCIS las nuevas pruebas o una explicación de por qué no puede hacerlo.

    Si USCIS no cree que usted califique como cónyuge, padre o hijo maltratado, podría enviarle un «Aviso de intención de denegación». En ella se expondrán las razones por las que el USCIS cree que usted no reúne los requisitos, y le dará un plazo adicional para enviar pruebas que le hagan cambiar de opinión. Si no envía pruebas convincentes de seguimiento, el USCIS denegará la autopetición.

    El USCIS también puede denegar su I-360 sin enviarle un Aviso de intención de denegación.

    Si el USCIS considera que tiene suficientes pruebas que demuestran que usted es un cónyuge, padre o hijo maltratado, le enviará una carta de aprobación de su autopetición. Sin embargo, esto no significa que usted sea todavía un residente permanente legal. Sólo ha completado el primer paso del proceso.

    Después de que su I-360 reciba la aprobación del USCIS

    Después de que el USCIS apruebe su I-360, puede empezar a preparar su solicitud para ajustar su estatus (recibir una tarjeta verde). El formulario principal para esto es el formulario I-485 del USCIS, y las instrucciones más detalladas se encuentran en Cómo solicitar el ajuste de estatus (una tarjeta verde) basado en la VAWA.

    Si el abusador es un ciudadano estadounidense, usted es elegible para solicitar el ajuste de estatus tan pronto como su I-360 haya sido aprobado.

    Sin embargo, si el abusador es un residente permanente (titular de una tarjeta verde), usted tendrá que esperar a que una visa esté disponible para poder solicitar su tarjeta verde. Sin embargo, con un I-360 aprobado, puede permanecer legalmente en los Estados Unidos y puede solicitar la autorización de trabajo mientras espera. Su lugar en la lista de espera se basa en su «fecha de prioridad», que es la fecha en que se aprobó su I-360. Si el agresor presentó previamente una petición I-130 para usted, puede utilizar esa fecha de prioridad en su lugar.

    Vea los procedimientos de ajuste de estatus para obtener más información sobre esta etapa final del proceso de solicitud de la tarjeta verde. Sin embargo, debido a que este proceso es complejo, considere la posibilidad de obtener un análisis completo de su situación por parte de un abogado de inmigración con experiencia, que también puede ayudarle a preparar el papeleo y supervisar su solicitud a medida que avanza en el sistema.

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