«Trastorno de Identidad de Género», «Transgénero», «Incongruencia de Género», «Disforia de Género», son términos utilizados en el pasado y el presente para denotar, como se define en la Asociación Americana de Psiquiatría «Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales, quinta edición (DSM-5), los individuos que «…tienen una marcada incongruencia entre el género que se les ha asignado (normalmente al nacer, denominado género natal) y su género experimentado/expresado.»
«Transgénero» es el término que se utiliza habitualmente hoy en día en los medios de comunicación, en la política y en otros ámbitos. El término transgénero «________» (rellenar el espacio en blanco) puede generar controversia y no se comentará en este blog. Nuestro objetivo aquí, como siempre, es proporcionar al codificador profesional información, utilizando fuentes autorizadas, centrada en cómo asignar e informar correctamente los códigos CIE-10-CM/PCS para los temas que cubrimos. En este blog, nuestra fuente autorizada es el DSM-5, principalmente porque la Asociación Americana de Psiquiatría ha trabajado con las partes cooperantes de la CIE-10-CM y porque la documentación que los codificadores ven en los registros de los pacientes suele basarse en los criterios y definiciones de diagnóstico del DSM-5.
La CIE-10-CM clasifica este diagnóstico como «trastorno de identidad de género». El DSM-5 se refiere a esto como «disforia de género», y la OMS, en la CIE-11, clasifica este diagnóstico como «incongruencia de género»; ¡añada «transgénero» y tenemos cuatro términos diferentes que a menudo se refieren a lo mismo! Pero, ¿son estos términos sinónimos? La respuesta es «Sí» (en su mayoría).
Términos definidos:
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- Disforia – (del griego: (dysphoros), difícil de soportar) es un profundo estado de malestar o insatisfacción. «Disforia» no se limita ni es sinónimo de «disforia de género». El código 6 Trastorno del estado de ánimo posparto contiene el término de inclusión «disforia posparto», también conocido como «melancolía posparto» o «tristeza posparto»
- Incongruencia – inconsistente o incompatible, no es lo mismo. Carl Rogers, PhD (1902-1987), psicólogo estadounidense y uno de los fundadores del enfoque humanista de la psicología, introdujo el concepto de incongruencia en la psicología en la década de 1950. Aunque el uso general de la palabra ha llegado a significar incongruencia o incompatibilidad, Rogers definió la «congruencia» como la coincidencia de la experiencia y la conciencia. Por lo tanto, «incongruencia», es «carecer de congruencia, o tener sentimientos no alineados con sus acciones».
- Transgénero – las definiciones varían, sin embargo «transgénero» generalmente se refiere a una identidad de género o expresión de género que difiere del sexo asignado de un individuo, o género natal.
- Atención: El término «Transgénero» no está incluido en ninguno de los descriptores de los códigos de la CIE-10-CM, y «Transgénero» no es un término que se encuentre en el Índice
- Identidad de género – se define en el DSM-5 como «…una categoría de identidad social y se refiere a la identificación de un individuo como hombre, mujer, u ocasionalmente, alguna categoría diferente a la de hombre o mujer.» No se puede asumir que estos pacientes tengan un trastorno de identidad de género/disforia de género. Si la documentación no es clara, se debe consultar al proveedor.
- Atención: la «identidad de género» no es un trastorno en sí mismo, sino el género con el que se identifica una persona. No existe un código CIE-10-CM para la «identidad de género». Si se documenta que un paciente masculino se identifica como femenino o incluso de alguna otra categoría, y ese paciente no expresa ninguna preocupación o queja relacionada, no experimenta ninguna angustia, impedimento social o funcionamiento, no se asigna ningún código.Esto es consistente con las Directrices Oficiales para la Codificación y Reporte de la Sección III. Notificación de diagnósticos adicionales REGLAS GENERALES PARA OTROS DIAGNÓSTICOS (ADICIONALES). A efectos de notificación, la definición de «otros diagnósticos» se interpreta como condiciones adicionales que afectan a la atención del paciente en términos de requerir: evaluación clínica; o tratamiento terapéutico; o procedimientos de diagnóstico; o prolongación de la estancia hospitalaria; o aumento de los cuidados de enfermería y/o monitorización. El punto #11-b de la UHDDS define Otros Diagnósticos como «todas las condiciones que coexisten en el momento del ingreso, que se desarrollan posteriormente, o que afectan al tratamiento recibido y/o a la duración de la estancia. Deben excluirse los diagnósticos relacionados con un episodio anterior que no tengan relación con la estancia hospitalaria actual».
Definidos los términos, ahora vamos a ordenar esto desde el punto de vista de la codificación.
Aquí están los códigos tal y como aparecen en la Tabular para la categoría F64 Trastornos de identidad de género.
F64 Trastornos de identidad de género
F64.0 Transexualismo
- Trastorno de identidad de género en la adolescencia y la edad adulta
- Disforia de género en adolescentes y adultos
F64.1 Transvestismo de doble rol
- Utilizar código adicional para identificar el estado de reasignación de sexo (Z87.890)
- Excluye1: trastorno de identidad de género en la infancia (F64.2)
- Excluye2: transvestismo fetichista (F65.1)
F64.2 Trastorno de identidad de género en la infancia
- Disforia de género en la infancia
- Excluye1: trastorno de identidad de género en la adolescencia y la edad adulta (F64.0)
- Excluye2: trastorno de la maduración sexual (F66)
F64.8 Otros trastornos de la identidad de género
- Otra disforia de género especificada
F64.9 Trastorno de la identidad de género, no especificado
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- Disforia de género, no especificada
- Trastorno del rol de género NOS
Más términos, tal como aparecen en los códigos, definidos:
- F64.0 Transexualismo, o «transexual» cuando se refiere a un individuo, se define en el DSM-5 como un individuo «….que busca, o ha sufrido, una transición social de hombre a mujer o de mujer a hombre, que en muchos casos, pero no en todos, también implica una transición somática mediante tratamiento hormonal entre sexos y cirugía genital (cirugía de reasignación de sexo).» Los términos de inclusión son «trastorno de identidad de género en la adolescencia y la edad adulta» y «disforia de género en adolescentes y adultos»
- F64.1 Transvestismo de doble rol. Lo más parecido a este término o diagnóstico que hace el DSM-5 es «trastorno transvestista». Aparece en el capítulo «Trastornos parafílicos», no en el capítulo «Disforia de género». Los trastornos parafílicos incluyen el trastorno voyeurista, el trastorno exhibicionista, el masoquismo sexual, la pedofilia y el trastorno transvestista. El trastorno transvestido se define como «la participación en el travestismo sexualmente excitante»
- El «travestismo de doble rol» aparece en la revisión de la investigación, y se define esencialmente como un individuo, generalmente masculino, que se viste con ropa del sexo opuesto con el fin de experimentar la pertenencia temporal al sexo opuesto, no tiene ninguna motivación sexual para el travestismo, y no desea un cambio permanente al sexo opuesto.
- Sin embargo, el código F64.1 incluye la nota de instrucción «Utilice un código adicional para identificar el estado de reasignación de sexo (Z87.890). El código F64.1 es el único código de la categoría de códigos F64 que incluye esta nota de instrucción, pero eso no prohíbe informar de Z87.890 para cualquier caso aplicable.
F64.2 El trastorno de identidad de género de la infancia incluye «disforia de género en niños».
Tal vez también se pregunte por qué, al menos por coherencia, la descripción del código F64.1 no es «Trastorno de género de la adolescencia y la edad adulta». Esa preocupación se elimina con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la CIE-11.
En la CIE-11, la incongruencia de género se ha trasladado fuera de los trastornos mentales en la CIE a un capítulo completamente nuevo, el capítulo 17 Condiciones relacionadas con la salud sexual. La OMS afirma: «La razón es que, aunque la evidencia es ahora clara de que no es un trastorno mental, y de hecho clasificarlo en este puede causar un enorme estigma para las personas que son transgénero, sigue habiendo importantes necesidades de atención de la salud que se pueden satisfacer mejor si la condición se codifica en la CIE». Estos son los códigos y definiciones de la CIE-11 para la incongruencia de género de la adolescencia o la edad adulta y la incongruencia de género de la infancia:
HA60 Incongruencia de género de la adolescencia o la edad adulta
La incongruencia de género de la adolescencia y la edad adulta se caracteriza por una incongruencia marcada y persistente entre el género experimentado por un individuo y el sexo asignado, que a menudo conduce a un deseo de «transición», para vivir y ser aceptado como una persona del género experimentado, a través del tratamiento hormonal, la cirugía u otros servicios de atención médica para hacer que el cuerpo del individuo se alinee, tanto como se desee y en la medida de lo posible, con el género experimentado. El diagnóstico no puede asignarse antes del inicio de la pubertad. El comportamiento y las preferencias de las variantes de género por sí solas no son una base para asignar el diagnóstico.
- «Transexual» y «transexualismo» son términos de inclusión para el código HA60. Por lo tanto, si comparamos F64.0 con HA60, vemos que las descripciones de los códigos respectivos cambian pero los significados son los mismos.
HA61 Incongruencia de género en la infancia
La incongruencia de género en la infancia se caracteriza por una marcada incongruencia entre la experiencia/el género expresado de un individuo y el sexo asignado en niños prepúberes. Incluye un fuerte deseo de ser un género diferente al sexo asignado, una fuerte aversión por parte del niño a su anatomía sexual o a las características sexuales secundarias anticipadas y/o un fuerte deseo de las características sexuales primarias y/o secundarias anticipadas que coinciden con el género experimentado; y juegos de fantasía, juguetes, juegos o actividades y compañeros de juego que son típicos del género experimentado y no del sexo asignado. La incongruencia debe haber persistido durante unos dos años. El comportamiento y las preferencias de las variantes de género por sí solas no son una base para asignar el diagnóstico.
Vemos que la CIE-11 parece más actual y mejor definida que la CIE-10-CM con respecto a la disforia de género/incongruencia de género. Sin embargo, en el momento de escribir este blog, no se espera que la transición de la CIE-10-CM a la CIE-11 se produzca en Estados Unidos antes del año 2024.
Volver a la CIE-10-CM
Ahora que nuestros términos han sido definidos y somos conscientes de los términos de inclusión que aparecen bajo todos los códigos menos uno (F64.1) en la categoría F64 Trastornos de identidad de género, vemos el potencial de variaciones legítimas en la documentación de los diagnósticos. Estas variaciones no son un impedimento para una codificación precisa. Si la documentación no es clara, como siempre, pregunte al médico.
Ejemplo 1, Diagnóstico y Código: Un paciente adulto con diagnóstico de «disforia de género» se presenta para una cirugía de reasignación de sexo de hombre a mujer. Código F64.0 Transexualismo.
Ejemplo 2, Diagnóstico y Código: Un paciente masculino es tratado por ansiedad tras varios años de vestirse en secreto con la ropa de su novia y por miedo a ser descubierto. Recibe asesoramiento y se le prescribe un medicamento contra la ansiedad. Código F64.1 Transvestismo de doble rol.
Ejemplo 3: Una niña de 10 años es llevada a ver a su pediatra porque ha pedido un balón de fútbol para su cumpleaños. El pediatra documenta que la niña sólo quiere el balón para jugar con sus hermanos, no experimenta ninguna angustia y no ha expresado su deseo de ser un chico. No se prescribe nada ni se recomienda ningún tratamiento o asesoramiento para ella. No se asigna ningún código. Consulte la sección III de las Directrices oficiales de codificación y notificación. Notificación de diagnósticos adicionales REGLAS GENERALES PARA OTROS DIAGNÓSTICOS (ADICIONALES)
Ejemplo 4, Diagnóstico y Código: Un paciente varón adulto está sometido a un tremendo estrés porque cree firmemente que no puede ajustarse a las expectativas de su familia sobre los roles de género. Se aconseja el asesoramiento individual y familiar. En esta fase inicial de trabajo y tratamiento, el médico documenta «trastorno de los roles de género». Código F64.9 Trastorno de identidad de género, no especificado
Ejemplo 5: Un individuo fue ingresado para una cirugía electiva. Durante el proceso de admisión, se pidió al individuo que dijera su género. El individuo se negó, respondiendo que no se identifica con ser hombre o mujer y que de hecho no cree en el «concepto de género.» El proveedor documenta que su identidad de género es «desconocida en este momento» y no se menciona nada más. No se asigna ningún código. Consulte la Sección III de las Directrices oficiales de codificación y notificación. Notificación de diagnósticos adicionales REGLAS GENERALES PARA OTROS DIAGNÓSTICOS (ADICIONALES)
Resumen
Hay cuatro términos utilizados para el mismo diagnóstico, a saber, «Trastorno de identidad de género», «Transgénero», «Incongruencia de género» y «Disforia de género.»
El «Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales» de la Asociación Americana de Psiquiatría, quinta edición (DSM-5), define la «disforia de género» como individuos que «…tienen una marcada incongruencia entre el género que se les ha asignado (normalmente al nacer, denominado género natal) y su género experimentado/expresado».
La «Identidad de Género» no es un trastorno en sí mismo, sino el género con el que una persona se identifica. No existe un código CIE-10-CM para la «identidad de género»
Si un individuo expresa una identidad de género que no se ajusta a su género de nacimiento, si no expresa ninguna preocupación o queja relacionada, y si no experimenta ninguna angustia, impedimento social o funcionamiento, no se asigna ningún código. Consulte la sección III de las Directrices oficiales de codificación y notificación. Notificación de diagnósticos adicionales REGLAS GENERALES PARA OTROS DIAGNÓSTICOS (ADICIONALES)
De cara al futuro, en la CIE-11 se utiliza el término «incongruencia de género» en lugar de «disforia de género». La incongruencia de género salió del capítulo «salud mental/trastornos» en la CIE-11 y pasó a un capítulo completamente nuevo, el capítulo 17 Condiciones relacionadas con la salud sexual.
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