Después de más de 20 años desde la última vez que se revisaron los procedimientos de EEG a largo plazo, la AMA y los CMS han evaluado y revisado la codificación CPT para los procedimientos de EEG de registro continuo a largo plazo. A través del proceso establecido de aceptación y revisión de comentarios y la celebración de reuniones directas con varios grupos directamente afectados por los cambios, como la AES, ACNS, NEAC, AAN, ASET y varios proveedores de servicios, incluyendo CortiCare, Inc. Este es un resumen de los cambios que afectan a los códigos y el reembolso de los componentes técnicos que están en pleno efecto el 1 de enero de 2020.
Estos cambios incluyen:
- Supresión de los Códigos CPT 95827, 95950, 95951, 95953 y 95956
- Adición de 13 códigos para el componente técnico de los servicios de EEG de larga duración (95700, y 95705-95716)
- La adición de 10 códigos para el componente profesional de los servicios de EEG de larga duración 95717 – 95726)
- Revisiones de las directrices de EEG con definiciones y paréntesis que siguen a los códigos 95812, 95813, 95816, 95819, 95822, 95827, 95957 se incluirán en el Manual CPT 2020
El primer punto es que los nuevos códigos de procedimiento separan las actividades técnicas relacionadas con la realización de estudios de EEG de larga duración de la actividad profesional de revisión, lectura e informe de los resultados de los estudios. Un conjunto de códigos para el procedimiento técnico y otro conjunto de códigos para el informe profesional de los resultados. Antes del 1 de enero de 2020, todos los estudios se notificaban utilizando el código 95951 y las designaciones técnicas o profesionales de -TC o -26. Ahora la parte técnica se comunica en función de la duración del estudio, la inclusión de vídeo en el estudio y el nivel de supervisión del tecnólogo de EEG en el estudio. El componente profesional se codifica en función de la duración del estudio y de si el médico realiza una revisión diaria y un informe de un registro de varios días o sólo proporciona un único informe final al final del período de registro.
Un segundo punto es que no hay ningún requisito de lugar de servicio para estos nuevos códigos de servicio técnico. Esto reconoce que los avances técnicos de los últimos 20 años han hecho posible proporcionar registros de EEG continuos a largo plazo en casi cualquier lugar, incluido el EEG ambulatorio con grabación de vídeo, monitorizado a distancia en el hogar del paciente. Se utilizan los mismos códigos técnicos para los estudios realizados en la Unidad de Monitorización de Epilepsia o en la Unidad de Cuidados Críticos del hospital, en un Centro de Pruebas de Diagnóstico Independiente (IDTF), en la consulta del médico o en el domicilio del paciente.
Un tercer punto importante es que, aunque inicialmente se asignaron Unidades de Valor Relativo (RVU) a cada uno de los códigos de Componentes Técnicos (95700-95716), a partir de la amplia retroalimentación recibida por CMS durante el período de comentarios, se han abstenido de asignar cualquier RVU a estos códigos hasta que se reúnan más insumos de costos de los proveedores y otras partes interesadas. Por lo tanto, han decidido ir a la «fijación de precios del contratista» para estos procedimientos. Por lo tanto, es necesario negociar el reembolso con cada uno de los MAC regionales (Contratistas Administrativos de Medicare) y, de hecho, con otros terceros pagadores.
Nuevos Códigos de Componentes Técnicos
La preparación del paciente para el estudio, incluyendo la aplicación de electrodos (8 o más), la orientación y las instrucciones y la retirada de los electrodos al final de la grabación, se codifica ahora como un procedimiento separado – CPTCode 95700. Se trata de un cargo único, independientemente de si el estudio dura 2 horas o 10 días. Su objetivo es cubrir los costes asociados a la preparación y retirada de un estudio por parte de un técnico de EEG.
Las grabaciones de EEG continuas de larga duración se facturan diariamente y se codifican en función de si el estudio utiliza la grabación de vídeo digital con el EEG (vídeo-EEG o VEEG), la duración de la grabación (de 2 a 12 horas o de 12 a 26 horas) y si un técnico de EEG supervisa el estudio y cómo lo hace (véase la Figura 1, procedente de la NAEC).
La grabación de vídeo digital se ha convertido en una parte esencial de la evaluación de las grabaciones de EEG a largo plazo.Para poder optar al conjunto de códigos que incluyen vídeo, al menos el 80% de la grabación del VEEG debe tener vídeo concurrente.
La monitorización se define en los nuevos códigos en función del número máximo de EEG o VEEG de pacientes que un tecnólogo de EEG puede monitorizar simultáneamente. Para la «Monitorización Continua» esa proporción Paciente: Técnico es un máximo de 4:1; para la «Monitorización Intermitente» esa proporción es de 12:1; y cualquier número de pacientes superior a 12 por un tecnólogo de EEG el estudio se clasifica como «Sin Monitorizar». También es un requisito que si una monitorización continua se interrumpe durante un tiempo significativo, se reclasifique como monitorización intermitente (también es el caso si el técnico de EEG tiene que monitorizar a más de 4 pacientes simultáneamente – todos los pacientes que el técnico esté monitorizando en ese momento se convierten en intermitentes).
Códigos de EEG de larga duración (servicios técnicos)
Código de puesta en marcha/retirada facturado una vez durante el periodo de grabación; en-servicio en persona – 95700
Tipo de registro | Duración del LTEEG | Sin monitorizar 13+ pacientes monitorizados |
Monitorización intermitente 5 a 12 pts monitorizados |
Monitorización continua hasta 4 pts monitorizados |
EEG solo | 2 a 12 horas de registro Típicamente 8 horas |
95705 | 95706 | 95707 |
EEG solo | 12 a 26 horas de grabación Típicamente 24 horas |
95708 | 95709 | 95710 |
EEG con vídeo | 2 a 12 horas de grabación Típicamente 8 horas |
95711 | 95712 | 95713 |
EEG con vídeo | 12 a 26 horas de grabación Típicamente 24 horas |
95714 | 95715 | 95716 |
El período de 24horas para un estudio comienza en el momento en que se inicia. Esto significa que un «día» para el estudio puede comenzar a las 10:00 AM o a las 9:30 PM o a las 3:00 AM, dependiendo de cuándo haya comenzado el registro. Cuando se codifica un estudio de varios días, se puede aplicar un código de día parcial (menos de 12 horas) una vez para capturar el período.
ADeeper Dive: La historia de fondo
Los cambios fueronpredicados por un aumento significativo en el uso del código de procedimiento para video-EEG de larga duración, 95951. En noviembre de 2016, el código CPT 95951 se identificó a través de la pantalla de crecimiento de alto volumen con una utilización total de Medicare de 10.000 o más y aumentó al menos un 100% desde 2009 hasta 2014. El Comité de Actualización de RVS de la Asociación Médica Americana (AMA)/Sociedad de Especialidades (RUC) presenta las recomendaciones adjuntas para los valores relativos de trabajo y las entradas de gastos directos de la práctica a los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS). El RUC recomendó que el servicio de video-EEG de larga duración sea remitido al Panel Editorial del CP para los cambios necesarios, incluyendo la eliminación de códigos, la revisión de los descriptores de los códigos y la adición de nuevos códigos a esta familia. Las revisiones de estafamilia de códigos son necesarias para captar que el vídeo es ahora un elemento de la mayoría de las pruebas de monitorización de EEG de larga duración y para diferenciar mejor los servicios de monitorización hospitalaria y ambulatoria. En mayo de 2018, el panel editorial de CPT aprobó la revisión de un código, la eliminación de cinco códigos y la adición de veintitrés códigos para informar sobre los servicios profesionales y técnicos de EEG a largo plazo.
Se crearon trece nuevos códigos para informar sobre el componente técnico de los servicios de EEG a largo plazo (95700, 95705-95716) y diez nuevos códigos para informar sobre el componente profesional de los servicios de monitorización de EEG a largo plazo (95717 – 95726). Los códigos de EEG de larga duración son servicios de diagnóstico que se utilizan principalmente para evaluar a los pacientes con epilepsia intratable, así como a los pacientes con convulsiones de nueva aparición, para determinar si los episodios son convulsiones, para caracterizar el tipo de convulsión y para localizar el foco de convulsión para la evaluación prequirúrgica. El nuevo conjunto de códigos de servicios profesionales se utiliza para informar del servicio profesional de revisión, análisis, interpretación e informe de los resultados del registro continuo de EEG o EEG con videograbación simultánea con recomendaciones basadas en los resultados. El conjunto de códigos profesionales se divide en 2 grupos definidos por el momento en que se genera el informe médico y la capacidad del médico para acceder a los datos de EEG (y vídeo) durante el período de grabación.
Códigos de componentes técnicos de EEG a largo plazo (95700, 95705 – 95716)
Los nuevos códigos CPT para EEG a largo plazo se definen ahora por la duración del registro a largo plazo, si el estudio incluye la grabación de vídeo con el EEG y si no hay monitorización del estudio, monitorización intermitente o monitorización continua.
Para los nuevos códigos que informan del componente técnico de los servicios de EEG de larga duración, el RUC había hecho recomendaciones que, por diversas razones, no contabilizaban correctamente el coste de proporcionar grabaciones de vídeo-EEG de larga duración, especialmente en el entorno doméstico. Un esfuerzo concertado de presión por parte de grupos profesionales médicos, tecnológicos y de la industria llamó la atención de los CMS, lo que dio lugar a su decisión, publicada el 15 de noviembre, de «fijar los precios de los contratistas» para los nuevos códigos técnicos durante uno o dos años, mientras reúnen más información sobre el coste de la prestación de estos procedimientos.
Para las grabaciones de vídeo-EEG de larga duración realizadas en la UME o UCI del hospital, o para los estudios de vídeo-EEG ambulatorios grabados en el domicilio de los pacientes, los códigos CPTC más aplicables son el 95700 (Set-up y Take-down), el 95715 Electroencefalograma con vídeo(VEEG), revisión de datos, descripción técnica por el tecnólogo de EEG, cada incremento de 12-26 horas;con monitorización intermitente, y mantenimiento; y 95716 Electroencefalograma con vídeo (VEEG), revisión de datos, descripción técnica por tecnólogo de EEG, cada incremento de 12-26 horas; con monitorización continua, y mantenimiento. Los nuevos códigos se han «cruzado» con el código anterior para la monitorización a largo plazo de EEG con vídeo, 95951. Los nuevos códigos CPT se aplicarán tanto a los procedimientos en centros como a los que no lo son a partir del 1 de enero de 2020. Sin embargo, el impacto será diferente. Para los procedimientos realizados en un centro hospitalario, el reembolso de CMS para los nuevos códigos se cubrirá a través de la codificación de diagnóstico DRG, los cambios probablemente no afectarán al uso de la monitorización de vídeo-EEG a largo plazo en la UEM o la UCI, aunque define los límites para la monitorización continua e intermitente por la relación tecnólogo-paciente monitorizado; no más de 1:4 para la monitorización continua y no más de 1:12 para la monitorización intermitente.
La codificación del centro también afecta a los procedimientos ambulatorios si los ordena la clínica ambulatoria del hospital o el médico del hospital Y los realiza el personal del centro (es decir, del hospital). Un estudio de EEG ambulatorio que es preparado y posiblemente monitoreado por tecnólogos de EEG del hospital es facturado y reembolsado a través del Sistema de Pago Prospectivo de Pacientes (OPPS) que agrupa los procedimientos por Clasificaciones de Pago Ambulatorio (APCs).
El Código HCPCS95716 (Video-EEG 12-26 horas con Monitoreo Continuo) tiene asignado el código APC de 5724 – Prueba de Diagnóstico de Nivel 4 y Servicio Relacionado, el cual tiene una Tarifa de Pago de $908.84 en el año fiscal 2020.
Todos los demás códigos HCPCS de 12 a 26 horas para monitorización de EEG de larga duración se asignan al código APC 5723, con una tasa de pago de 485,55$.
El reembolso de PFS no hospitalario cubre los procedimientos realizados en un consultorio médico, IDTF o en el domicilio del paciente por un consultorio médico o IDTF.
Los servicios de hospitalización suelen estar cubiertos por un proceso de reembolso DRG y no está claro en este momento qué efecto tendrán los cambios en la codificación de procedimientos en las tasas de pago.
Enlaces de referencia
https://www.federalregister.gov/documents/2019/11/15/2019-24086/medicare-program-cy-2020-revisions-to-payment-policies-under-the-physician-fee-schedule-and-other (consultado el 16 de noviembre de 2019)
https://www.ama-assn.org/sites/ama-assn.org/files/corp/media-browser/public/rbrvs/jan-2017-RUC-meeting-minutes-FINAL.pdf (consultado el 8 de agosto de 2019)
https://www.ama-assn.org/system/files/2019-07/oct-2018-ruc-meeting-minutes.pdf (consultado el 9 de agosto de 2019)
https://www.ama-assn.org/press-center/press-releases/ama-releases-2020-cpt-code-set (consultado el 10 de septiembre, 2019)
https://www.federalregister.gov/documents/2019/11/12/2019-24138/medicare-program-changes-to-hospital-outpatient-prospective-payment-and-ambulatory-surgical-center (consultado el 18 de noviembre de 2020)
CPT es una marca registrada de la American Medical Association
NAEC es la National Association of Epilepsy Centers www.naec-epilepsy.org