Por Dan Block y Juli Lapin

La División de Normas Laborales y Estadísticas de Colorado (la «División») ha adoptado nuevas regulaciones que hacen cambios importantes en el salario mínimo y la ley de horas extras en Colorado-que tendrá un impacto significativo en muchos empleadores y empleados. La División adoptó la nueva Orden de Estándares de Horas Extras y Salario Mínimo de Colorado (la «Orden COMPS»), que entrará en vigor el 16 de marzo de 2020; en lugar de sólo actualizar la Orden de Salario Mínimo de Colorado (la «Orden de Salario») para tener el salario mínimo aumentado para 2020, como lo había hecho en años anteriores.

Muchas personas testificaron en una audiencia sobre la Orden COMPS propuesta o presentaron comentarios por escrito a la División, lo que dio lugar a cambios en la Orden COMPS propuesta. Entre ellos se encontraban varias de las peticiones de Dan Block de realizar cambios para que la Orden COMPS sea más coherente con la ley federal y para aclarar algunas disposiciones. Usted puede haber leído otros resúmenes u opiniones sobre la Orden COMPS propuesta, pero la información aquí se basa en el lenguaje final de la Orden COMPS.

Entre los muchos cambios en el salario mínimo y la ley de horas extras en Colorado a partir de marzo de 2020 en virtud de la Orden COMPS como finalizado son los siguientes:

Industrias sujetas a la Orden COMPS

La Orden de Salario Mínimo de Colorado cubrió sólo cuatro industrias: Venta al por menor y servicios, alimentos y bebidas, servicios de apoyo comercial, y salud y medicina, como se define en la Orden de Salarios. La Orden COMPS cubre a TODOS los empleadores y empleados de Colorado; excepto aquellos empleados en categorías de trabajo particulares o industrias específicamente exentas bajo la Orden COMPS.

Salario Mínimo para Ciertas Exenciones

Puede que haya escuchado que el Departamento de Trabajo de los EE. El Departamento de Trabajo ha aumentado el salario mínimo para que un empleado pueda acogerse a las denominadas exenciones de «cuello blanco» del salario mínimo y las horas extraordinarias en virtud de la Ley federal de Normas Laborales Justas («FLSA»), de 23.600 dólares al año a 35.568 dólares al año a partir del 1 de enero de 2020. Las funciones del empleado también deben seguir cumpliendo una «prueba de funciones» para la exención concreta solicitada. Esas exenciones de «cuello blanco» son los «empleados ejecutivos», los «empleados administrativos», los «empleados profesionales» y los «empleados informáticos».

En el pasado, la ley de Colorado no tenía ningún requisito de salario mínimo establecido para las exenciones de salario mínimo y horas extras; excepto que el salario bajo la exención de «ejecutivo o supervisor» no podía ser inferior al salario mínimo por todas las horas trabajadas. Sin embargo, la Orden COMPS ha cambiado esta situación. No sólo el empleado tiene que cumplir con una prueba de funciones para ciertas exenciones, como se requería bajo la Orden de Salarios, la Orden COMPS impone un requisito de salario mínimo para que un empleado pueda calificar para esas exenciones de salario mínimo y horas extras bajo la ley de Colorado. A partir de 2021 ese salario mínimo será más alto que la cantidad de salario mínimo bajo la ley federal actual.

La Orden COMPS propuesta habría establecido el requisito de salario mínimo en $ 42,500 por año a partir del 1 de julio de 2020.

De acuerdo con la versión final de la Orden COMPS, a partir de julio de 2020 el salario mínimo para que un empleado pueda acogerse a la exención de «empleados administrativos», «ejecutivos o supervisores» o «empleados profesionales» del salario mínimo y de las horas extraordinarias bajo la ley de Colorado será el mismo que bajo la FLSA (35.568 dólares al año); excepto para las pequeñas empresas con ánimo de lucro y las pequeñas organizaciones sin ánimo de lucro.

Aunque el requisito de salario más alto de Colorado no entra en vigor hasta julio, casi todos los empleadores de Colorado están sujetos a la FLSA y, por lo tanto, están obligados a asegurarse de que los salarios de sus empleados cumplan con el requisito mínimo de $ 35,569 a partir del 1 de enero de 2020 para calificar para las exenciones de «cuello blanco».

A partir del 1 de enero de 2021, ese salario mínimo será de 40.500 dólares al año para todos los empleadores no exentos de la Orden COMPS, y como tal, en exceso del salario mínimo bajo la FLSA. Además, el salario mínimo en virtud de la Orden COMPS aumenta cada año a partir de entonces de acuerdo con un calendario en la Orden COMPS.

Exenciones adicionales nuevas y eliminadas

Las nuevas exenciones adicionales del salario mínimo y las horas extras en virtud de la Orden COMPS incluyen la exención de los «propietarios o titulares». Esta exención se aplica a las personas que «participan activamente en la gestión del empleador» y poseen al menos una participación de buena fe del 20% en el capital del empleador, o la persona que es el empleado de mayor rango y mejor pagado de un empleador sin fines de lucro y se paga al menos el salario mínimo para las otras exenciones que requieren un salario mínimo.

La Orden COMPS inicialmente propuesta no incluía una categoría de exención separada para los empleados en puestos relacionados con la informática, como está en la normativa FLSA. En su lugar, esos empleados habrían tenido que acogerse a una de las otras categorías de exención para estar exentos, y habrían tenido que acogerse a la exención de «empleados profesionales» para poder cobrar al menos 27,63 dólares por hora, en lugar del salario mínimo, como es una opción según la FLSA. Pero en respuesta a los comentarios de Dan Block, se añadió a la Orden COMPS una exención de «empleados en ocupaciones altamente técnicas relacionadas con la informática», con un lenguaje similar al que él propuso.

Por el contrario, la exención de acompañantes y trabajadores domésticos empleados por hogares o miembros de la familia para realizar tareas en residencias privadas no se incluyó en la Orden COMPS. Esperamos que esto tenga un impacto significativo en las familias.

Compensación por períodos de descanso perdidos

En virtud de la Orden salarial, los empleados que no estaban exentos tenían que recibir al menos un «período de descanso» compensado de 10 minutos por cada cuatro horas trabajadas o una fracción importante de cuatro horas (es decir, más de dos horas). Este requisito se mantuvo en la Orden COMPS, con algunas nuevas excepciones. Anteriormente, ni la Orden de Salarios ni ninguna otra disposición de la ley de Colorado establecía una consecuencia por el hecho de que un empleador no autorizara y permitiera a un empleado tomar sus períodos de descanso. Eso ha cambiado con la Orden COMPS.

La Orden COMPS establece que «cuando a un empleado no se le autoriza y permite un período de descanso requerido de 10 minutos, su turno se extiende efectivamente por 10 minutos sin compensación». Además, establece que el hecho de que un empleador no autorice y permita a un empleado tener un período de descanso compensado de 10 minutos como se especifica en la Orden COMPS es una «falta de pago» al empleado de su salario por ese descanso perdido. En otras palabras, un empleador está ahora legalmente obligado a pagar a los empleados por 10 minutos adicionales si el empleador no autorizó y permitió a un empleado tomar un período de descanso compensado como lo requiere la Orden COMPS. La violación rutinaria de este requisito podría dar lugar a tener que defender reclamaciones salariales significativas.

Distribución de la Orden COMPS

Un nuevo requisito en virtud de la Orden COMPS es que si el empleador publica o distribuye un «manual del empleado, manual o políticas escritas o publicadas», el empleador debe incluir una copia de la Orden COMPS o el cartel de la Orden COMPS con el manual, manual o políticas. Además, si el empleado tiene que «firmar un manual, manual o políticas», el empleador también debe hacer que el empleado firme un acuse de recibo de la Orden COMPS o el cartel de la Orden COMPS.

Salario mínimo local más alto

La Orden COMPS incluye una referencia a la capacidad bajo la ley de Colorado de las jurisdicciones locales para adoptar salarios mínimos más altos que el salario mínimo estatal, como lo ha hecho la ciudad de Denver.

Para más información sobre la Orden COMPS, u otros asuntos relacionados con el empleo, póngase en contacto con Dan Block o Juli Lapin. Estaremos encantados de revisar sus políticas para el cumplimiento de estos nuevos requisitos.

Dan Block y Juli Lapin son abogados de Robinson Waters & O’Dorisio, P. C. en Denver, Colorado. Cada uno de ellos practica el derecho laboral y otras áreas del derecho empresarial. Puede ponerse en contacto con ellos en el 303-297-2600, o en [email protected] o [email protected].

La información contenida en este artículo es sólo para fines informativos, y no constituye asesoramiento jurídico para ninguna situación específica. La invitación a ponerse en contacto con un abogado de Robinson Waters & O’Dorisio, P.C. no pretende ser una solicitud en ninguna jurisdicción en la que ese abogado no esté autorizado a ejercer la abogacía.

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