¿Ha perdido recientemente su trabajo? Si es así, puede que se pregunte si tiene motivos para una demanda por despido improcedente. En Colorado, como en otros estados, los empleados trabajan a voluntad. Esto significa que un empleado puede ser despedido en cualquier momento y por cualquier razón, o por ninguna razón en absoluto.

Pero hay algunas excepciones a la regla de la voluntad. Si su empleador de Colorado le despide por razones discriminatorias, en violación de un contrato de trabajo, o en represalia por el ejercicio de sus derechos, por ejemplo, usted puede tener una demanda legal contra su empleador por despido injustificado.

¿Qué pasa si usted fue despedido ilegalmente durante la pandemia de coronavirus?

Un número impactante de estadounidenses han perdido sus puestos de trabajo como resultado de la recesión económica derivada de la pandemia de COVID-19. ¿Pero qué pasa si te despidieron durante la pandemia? Dependiendo de la razón por la que le despidieron, podría tener una reclamación válida por despido improcedente. Por ejemplo, generalmente sería ilegal que su empleador le despidiera:

  • en represalia después de que usted se quejara o informara sobre condiciones de trabajo inseguras, tales como equipo de protección personal (EPP) inadecuado, distanciamiento social o limpieza
  • por negarse a trabajar porque tenía una creencia razonable de que enfrentaba un riesgo inmediato de muerte o daño físico grave debido a condiciones de trabajo inseguras
  • por negarse a violar una orden legal de refugio en el lugar
  • por tomar una licencia familiar o médica bajo la ley estatal o federal, incluyendo la Ley de Respuesta al Coronavirus de las Familias Primero (FFCRA) y la Ley federal de Licencia Familiar y Médica (FMLA) (que se discute más adelante)
  • por tener una condición preexistente (incluyendo su edad) que lo hace más vulnerable al coronavirus; o
  • porque presentó una solicitud de prestaciones de compensación laboral por COVID-19.

(Aprenda más sobre el despido improcedente en el contexto de COVID-19.)

Las leyes de cada estado sobre el despido improcedente son diferentes. Este artículo cubre algunas de las bases legales comunes que usted podría tener para demandar a su empleador en Colorado por despido injustificado. Sin embargo, esta no es una lista exhaustiva de los derechos laborales en Colorado, que pueden cambiar a medida que los tribunales emiten nuevas sentencias y los legisladores aprueban o modifican las leyes. Para averiguar el alcance total de sus reclamaciones, hable con un abogado laboral experimentado de Colorado.

Despido discriminatorio

En virtud de la ley federal, es ilegal que un empleador despida a un empleado basándose en una característica protegida. La ley federal prohíbe a los empleadores despedir a los empleados por motivos de raza, color, origen nacional, sexo, embarazo, religión, edad (si el empleado tiene al menos 40 años), discapacidad, estatus de ciudadanía o información genética. Sin embargo, sólo algunos empresarios deben cumplir estas leyes. Para la mayoría de los tipos de discriminación, la ley se aplica a las empresas con 15 o más empleados. Sin embargo, la prohibición de la discriminación por edad se aplica a los empleadores con 20 o más empleados, y la prohibición de la discriminación por el estatus de ciudadanía se aplica a los empleadores con sólo cuatro o más empleados.

La ley de Colorado prohíbe la discriminación basada en la raza, el color, la ascendencia, el origen nacional, el sexo, el embarazo, la religión, la discapacidad (física, mental o de aprendizaje), la edad (40 años o más), la orientación sexual (incluida la orientación sexual percibida) o la condición de transgénero. En Colorado, todos los empleadores deben cumplir estas leyes, incluso si sólo tienen un empleado. Colorado también prohíbe a los empleadores con al menos 25 empleados discriminar a las parejas que están casadas, planean casarse o están en una unión civil entre sí, en ciertas situaciones.

Estas leyes también hacen ilegal que un empleador tome represalias contra usted por hacer valer sus derechos. Por ejemplo, si se queja al departamento de RRHH de su empresa de que cree que no le han ascendido por su edad, su empleador no puede disciplinarle o despedirle por su queja. Del mismo modo, su empleador no puede despedirle por participar en una investigación de una queja de discriminación (independientemente de quién haya presentado la queja), por testificar ante un tribunal o por realizar otros esfuerzos para detener las prácticas discriminatorias.

Antes de presentar una demanda por discriminación o represalias, debe presentar una queja ante la agencia gubernamental correspondiente. En Colorado, la División de Derechos Civiles de Colorado hace cumplir las leyes estatales que prohíben la discriminación. A menudo, las agencias estatales de prácticas justas de empleo registrarán su queja con la Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo (EEOC), la agencia que hace cumplir las leyes federales contra la discriminación. Sin embargo, debe comprobarlo para asegurarse. Si no es así, es posible que también tenga que presentar una queja ante la EEOC.

Incumplimiento de contrato de trabajo

Si tiene un contrato de trabajo que le promete seguridad laboral, es posible que no sea un empleado a voluntad. En Colorado, un contrato de trabajo puede ser escrito, oral o implícito. En los dos primeros tipos de contratos, su empleador hace promesas orales o escritas de no despedirle durante un cierto período de tiempo sin una buena causa. En un contrato implícito, su empleador no hace promesas expresas, pero actúa de una manera que crea una expectativa razonable de que usted seguirá siendo empleado. Por ejemplo, si su empleador hizo comentarios de que usted «tendría un largo futuro en la empresa mientras tuviera un buen desempeño», eso puede crear un contrato implícito de continuidad laboral. Si usted tiene un contrato de trabajo y su empleador lo despide sin una buena causa, usted tiene un reclamo legal por incumplimiento de contrato.

Leyes y cuestiones de salarios y horas en Colorado

En Colorado, los empleados tienen ciertos derechos bajo las leyes de salarios y horas. El salario mínimo en Colorado es actualmente de 12 dólares por hora. Los empleados tienen derecho al pago de horas extras cuando trabajan más de 12 horas en un día de trabajo o más de 40 horas en una semana de trabajo. Los empleados de Colorado también tienen derecho a un periodo de comida no remunerado de 30 minutos después de cinco horas de trabajo. Los empleados también tienen derecho a una pausa de descanso pagada de diez minutos por cada cuatro horas (o fracción mayor) trabajadas, en la mitad del período de trabajo, si es práctico.

Es ilegal que los empleadores en Colorado despidan a un empleado por presentar una queja ante la junta salarial del estado, por participar en una investigación o procedimiento, o por actividades similares.

Tiempo libre en Colorado

Las leyes estatales y federales dan a los empleados el derecho a tomar tiempo libre para ciertas obligaciones cívicas y responsabilidades personales. Los empleadores no pueden disciplinar o despedir a los trabajadores por ejercer estos derechos. En Colorado, estos derechos incluyen:

  • Licencia militar. Según la ley federal, los empleados tienen derecho a tomar hasta cinco años de licencia para servir en el ejército, con el derecho a ser reincorporados cuando regresen al trabajo. (Esta ley también prohíbe la discriminación contra los empleados basada en su servicio militar, protege a los empleados de ser despedidos sin una buena causa hasta un año después de que regresen del servicio militar, y proporciona otras protecciones; vea el artículo de Nolo Tomando Licencia Militar para más información). Bajo la ley de Colorado, los empleados pueden tomar una licencia ilimitada no remunerada mientras sirven en la Guardia Nacional de Colorado. Cuando regresan de la licencia, también tienen derecho a la reincorporación al mismo puesto que tenían antes de tomar la licencia, con el mismo salario, beneficios y antigüedad. Los miembros de la Guardia Nacional de Colorado o de las reservas de EE.UU. también pueden tomar hasta 15 días de licencia no remunerada por año para entrenamiento militar.
  • Servicio de jurado. Los empleados tienen derecho a que se les pague su salario habitual, hasta 50 dólares al día, durante los tres primeros días de servicio como jurado. Los empleadores no pueden exigir a los empleados que interfieran con su capacidad para servir efectivamente como jurado. Los empleadores que despidan o penalicen a los empleados por prestar servicio como jurado están sujetos a sanciones penales y a daños especiales en una demanda por despido improcedente.
  • Votar. En Colorado, los empleados pueden tomar hasta dos horas de licencia pagada para votar, a menos que ya tengan tres horas libres para votar cuando las urnas están abiertas. El empleador puede decidir cuándo se toman las horas, pero debe permitir que el empleado se tome el tiempo al principio o al final de un turno, si lo solicita.
  • Licencia familiar y médica. Los empleados de Colorado están protegidos por la Ley federal de Licencia Familiar y Médica (FMLA). Esta ley requiere que los empleadores con 50 o más empleados proporcionen a los empleados elegibles hasta 12 semanas libres, sin pago, cada año por una condición de salud grave, para cuidar de un miembro de la familia con una condición de salud grave, para cuidar de un nuevo hijo, o para manejar ciertos asuntos prácticos derivados del servicio militar de un miembro de la familia. Los empleados pueden tomarse hasta 26 semanas de permiso en un solo año para cuidar de un familiar gravemente herido durante el servicio militar. Los empleados que se acogen a la licencia FMLA deben ser reincorporados al mismo puesto que ocupaban anteriormente una vez finalizada la licencia. De acuerdo con la Ley de Cuidado de la Familia de Colorado, los empleados que reúnen los requisitos para la licencia FMLA también tienen derecho a tomar hasta 12 semanas de licencia no remunerada para cuidar a una pareja de hecho, o una pareja en una unión civil, con una condición de salud grave.
  • Otras licencias protegidas. La ley de Colorado también otorga a los empleados el derecho a tomar tiempo libre para buscar tratamiento o asistencia por violencia doméstica y para cuidar a un hijo recién adoptado. Conozca más sobre la Licencia Familiar y Médica de Colorado.

Otros reclamos laborales estatales

  • Compensación laboral. Los empleadores no pueden despedir a los empleados por presentar reclamaciones de compensación de los trabajadores o hacer valer sus derechos bajo las leyes de compensación de los trabajadores.
  • Seguridad en el trabajo. Los empleadores tienen prohibido despedir o disciplinar a los empleados que denuncien violaciones de la seguridad en el lugar de trabajo o que participen en investigaciones sobre violaciones de las leyes estatales de seguridad.
  • Conducta fuera del trabajo. Los empleados tienen derecho a participar en actividades lícitas mientras están fuera de servicio y fuera de las instalaciones del empleador, y no pueden ser despedidos por hacerlo. Sin embargo, puede haber una excepción cuando las actividades lícitas interfieren con las responsabilidades del trabajo del empleado o revelan un conflicto de intereses con los deberes del empleado hacia el empleador.
  • Derechos y obligaciones legales. Los empleadores no pueden despedir a los empleados por negarse a participar en actividades ilegales o por ejercer derechos importantes relacionados con el trabajo.

Qué hacer a continuación

Si cree que fue despedido ilegalmente, hable con un abogado laboral de Colorado. Un abogado puede ayudarle a clasificar los hechos y evaluar la fuerza de sus reclamaciones. Un abogado también puede informarle de otras reclamaciones estatales o locales que usted puede tener además de las enumeradas anteriormente. Ya sea que quiera tratar de recuperar su trabajo, negociar una indemnización por despido, o demandar a su empleador en los tribunales, un abogado puede guiarle a través de sus opciones y ayudarle a decidir sobre la mejor manera de proceder.

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